La práctica recurrente del despido disciplinario sin causa de trabajadores en situación de incapacidad temporal ha generado, tradicionalmente, un debate judicial intenso a la hora de calificar estos despidos como nulos o improcedentes. Sin embargo, a día de hoy es una práctica muy extendida dado que, de algún modo, “se ha visto amparada” por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Supremo al no constatar, como regla general, indicios de discriminación o vulneración de derechos fundamentales.
No obstante, la reciente sentencia del Tribunal de Justicia de la Unión Europea de 1 de diciembre de 2016, dictada en el marco del Asunto C-395/15, analiza la eventual existencia de discriminación de los despidos disciplinarios de trabajadores en situación de baja médica por la eventual vulneración de la Directiva 2000/78/CE del Consejo, de 27 de noviembre de 2000, sobre el establecimiento de un marco general para la igualdad de trato en el empleo y la ocupación.