El pasado 26 de febrero de 2018 la Sala Primera del Tribunal Supremo resolvió las dudas existentes acerca de la aplicabilidad del régimen general contenido en los artículos 217 a 219 del Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Sociedades de Capital, relativo a la remuneración de los administradores, incluidos los consejeros ejecutivos, en relación con las entidades no cotizadas.