Por Pedro Láinez
A raíz de la adopción del Real Decreto-ley 9/2017, por el que se transpuso en España la Directiva 2014/104/UE, relativa a determinadas normas por las que se rigen las acciones de daños por infracciones del Derecho de la Competencia (la “Directiva de Daños”), se han aclarado ciertas dudas relacionadas con el valor probatorio y la firmeza de las resoluciones administrativas sobre las que se pueden fundamentar las referidas acciones de daños.